REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 27 de Abril de 2004
194° y 145°

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OH01-L-2004-000018
PARTE ACTORA:Gylcens Almeida
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Gisela Teresa Mendoza de García
PARTE DEMANDADA: Kasual, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: José Vicente Santana Osuna y José Vicente Santana Romero.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy veintisiete de abril de dos mil cuatro, siendo la 01:00 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece el Abg. JOSÉ VICENTE SANTANA OSUNA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 1.497, en su caracter de Apoderado Judicial de la parte demandada, según consta de instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar, en fecha 30-10-2003, anotado bajo el No. 20, Tomo 53, de los libros llevados por esa Notaría; y la Abg. GISELA MENDOZA DE GARCÍA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 18.364, quien dice ser Apoderada de la parte actora, sin acreditar tal caracter. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 145 ° y 194 °.
LA JUEZ


ROMY MÉNDEZ RUIZ

LA SECRETARIA


BENILDE AGUILLÓN RANGEL