***** COMISION CIVIL N° 590
JUZGADO COMITENTE: Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Con Oficio N° 2940.101 de fecha 26/3/2004. Recibido el día 29/3/2004.
PARTE ACTORA: Gustavo Ramos Anton
PARTE DEMANDADA: Yasmín Alejo Castellano
MOTIVO: Resolución de Contrato de Arrendamiento (Verbal) – Secuestro
ESTADO ACTUAL: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, mediante Oficio N° 104 de fecha 13/4/2004, constante de quince (15) folios útiles.


En esta fecha doce de Abril de Dos mil cuatro, siendo las Díez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la medida de secuestro, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la misma Circunscripción Judicial, en el juicio seguido por el ciudadano Gustavo Enrique Ramos Anton contra Yassmin Arlene Alejo Castellano por Resolución de Contrato (Verbal), se trasladó el Tribunal en compañía del ciudadano Gustavo Enrique Ramos Anton, titular de la cédula de identidad número 6.889.129, debidamente asistido por la Doctora Antonieta Bello Castillo, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 11.719, de una Comisión Policial al mando del agente Omar Amundarai, titular de la cédula de identidad 11.853.253, de una Miembro del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez de este estado y se constituyó en la calle D de la Urbanización Los Cocoteros, Casa N° d-29, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta. Constituidos en dicho el Tribunal procede a tocar en tres oportunidades la puerta principl del inmueble en referencia, a cuyo llamado nadie atendió, razón por la cual fue nombrado cerrajero al ciudadano Rafael Leandro, titular de la cédula de identidad número 11.852.077, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, procediendo a abrir la puerta principal del referido inmueble. El nombre de la miembro del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez es María del Carmen Moreno, titular de la cédula de identidad número 6.410.273. Acto seguido el tribunal, por cuanto dentro del inmueble existen bienes propiedad de la demandada y a solicitud de la parte actora procede a nombrar Perito Avaluador y Depositaria Judicial a los ciudadanos Pedro Ordaz Guerra, titular de la cédula de identidad número 1.823.773 y Yennifer Paola Cova, titular de la cédula de identidad número 12.921.672, en su condición de Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., quiénes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. El Inventario de los bienes es el siguiente: 1 televisor Toshiba modelo CL14R31; 1 VHS Curtis Mathes Serial 13B00358; 1 mini componente Sony modelo CFD2500 con dos cornetas; 1 mesa plástica azul y 4 sillas plásticas azul; 1 nevera Wirpool de 2 puertas serial 552915081 modelo ET16JK1MNR3; 1 lavadora General Electric sin serial aparente; 1 licuadora Sumben modelo 4181 con su vaso; 1 tostadora Rival modelo TT9215; 1 cocina de dos hornillas a gas con dos bombonas pequeñas; 1 juego de mueble de madera y tela de tres piezas; 1 box spring con una goma espuma; 1 cama individual de madera y metal con dos colchones; 1 escaparate de una puerta y 4 gavetas; 1 ventilador Pattón; 3 cestas con ropa; 1 plancha; 1 ventilador de pie marca super cool, 2 jarrones en forma de botella; 8 cuadros de pared de diferentes tamaños; objetos diversos de cocina; 1 pipote de plástico para agua; 1 mueble de madera de tres peldaños, los cuales serán puestos a la disposición de la depositaria judicial. Acto seguido se hizo presente la demandada, ciudadana Yassmin Arlene Alejo Castellano, titular de la cédula de identidad número 6.309.423, a quien se le notificó de la misión del tribunal previa lectura del exhorto que encabeza estas actuaciones, quien manifesto su deseo de llevarse sus pertenencias y efectos personales, razón por la cual especificó el lugar adonde serían conducidos dichos bienes, lo que motivó que dichos bienes no fueran puestos a disposición de la depositaria nombrada. La parte actota ciudadano Gustavo Enrique Ramos Anton, antes identificado y con la debida asistencia jurídica de la Doctora Antonieta Bello Castillo, expuso: Solicito del Tribunal se sirva materializar la medida ordenada y se fije el correspondiente cartel de notificación, previa juramentación como depositario judicial del inmueble en mi condición de dueño del mismo. Es todo. Este tribunal vista la anterior exposición, nombra al ciudadano Gustavo Enrique Ramos Anton, antes identificado Depositario Judicial del inmueble objeto de la medida, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, procediendo en este sentido a declarar secuestrado el inmueble en el que nos encontramos constituidos, poniéndolo en posesión de la parte actora, antes identificado, quien lo recibe conforme libre de bienes y personas; igualmente fueron cambiadas las cerraduras, procediéndose a colocar dos cerraduras nuevas y dos candados en las puertas de acceso al inmueble. Se fijó el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal del referido inmueble. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo la Una y Cincuenta Post-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI

La actora y su abogado asistente,

Por la Comisión Policial,

Por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez,

El Cerrajero,

El Perito Avaluador,

La Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A.

La Notificada,

La Secretaria

En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.-

La Secretaria,

Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.

República Bolivariana de Venezuela.

Juzgado Ejecutor de Medidas de los
Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

La Asunción, doce (12) de Abril de 2004.-
193° y 145°.

CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Que este Inmueble constituido por una casa, distinguida como en número D-29, ubicada en la calle “D” de la Urbanización Los Cocoteros, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta. HA SIDO OBJETO DE MEDIDA DE SECUESTRO, practicada por este Juzgado Ejecutor de Medidas, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio seguido por el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE RAMOS ANTON contra la ciudadana YASMIN ARLENE ALEJO CASTELLANO por RESOLUCIÓN DE CONTRATO (VERBAL).-

Se le advierte que cualquier desacato será penado de acuerdo a la Ley.-

EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI.

LA SECRETARIA,
ABOG. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.

Com. N°: 590


JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO, GOMEZ, MARCANO Y DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. LA ASUNCION, trece (13) de Abril de 2004.-

193° y 145°

Cumplida como ha sido la presente comisión el Tribunal acuerda de conformidad, En Consecuencia remítase la presente comisión en originales y con sus resultas al Juzgado de la Causa y déjese copia certificada de la misma. Cúmplase. Líbrese Oficio.-

EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.

En la misma fecha se remite la presente comisión en originales y con sus resultas, al Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, constante de ( ) folios útiles, anexo a oficio N°: , y se dejo copia certificada, conforme está ordenado en el auto anterior. Conste.
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.
Com. N°: 590

República Bolivariana de Venezuela.

Juzgado Ejecutor de Medidas de los
Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

La Asunción, trece (13) de Abril de 2004.-
193° y 145°.

N°__________

CIUDADANO:
Juez del Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
SU DESPACHO.-

Adjunto al presente oficio remito a usted, comisión que fuera enviada a este Despacho, con Oficio N°: 2940-101 de fecha 26/3/2004, que fuera librada en el juicio seguido por GUSTAVO ENRIQUE RAMOS ANTON contra YASSMIN ARLENE ALEJO CASTELLANO por RESOLUCIÓN DE CONTRATO (VERBAL), en originales y con sus resultas, constante de ( ) folios útiles.-

Remisión efectuada para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACION,

Dr. GASPAR A. DUBOIS ARISMENDI.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

GADA/cmv*.-
Anexo: lo indicado.
Com. N°: 590

ESTADO ACTUAL: Devuelta Cumplida con auto de fecha 03/7/2003, anexo a Oficio N° 300 de la misma fecha, constante de quince (15) folios útiles, al Juzgado de la Causa.