REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 2

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
Tribunal de Juicio Nº 2.
La Asunción, 14 de abril del 2004.
193º y 144º
Revisadas las presentes actuaciones mediante la cual la abogada Nidia del Jesús Gómez de Caraballo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.305.143, propone querella acusatoria contra Mirna Más y Rubí Spósito, juez primera de primera instancia en lo civil y mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, este juzgador una vez revisado el escrito en referencia ha constatado la falta de requisitos formales para su admisión, a saber, la indicación de las relaciones de parentesco con la querellada, en consecuencia, al constituir lo señalado una falta subsanable, notifíquese a la víctima para que en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación, comparezca por ante este tribunal segundo de juicio a fin de corregir el defecto, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal.
El Juez

Abg. Eduardo Capri Rosas.

La Secretaria

Abg. Lírida Rosas Rosas.
C: 2U-198