REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
LA ASUNCION, VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.-
193° Y 144°
Vista la anterior diligencia de fecha 23-09-2003 en la cual la parte demandante y demandada, deciden poner fin al presente juicio por medio de una transacción Judicial, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-El Tribunal levanta la medida de Prohibición de Enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 21 de mayo del 2003 sobre un inmueble propiedad de los intimados ciudadanos LUISA SALAZAR MARCANO Y ENRIQUE RAMON FIGUEROA y ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta a los fines legales consiguientes.- Se ordena el archivo del presente Expediente.- Librese oficio.-
EL JUEZ TEMPORAL,
DR. VICENTE ORDAZ VILLARROEL.-
El SECRETARIO,
BR. ALFREDO RODRIGUEZ F.-
En esta misma fecha, Veinticuatro de Septiembre del Dos Mil Tres, se libró oficio N° 2940-339, al ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta y se archivó el Expediente tal como está ordenado en el auto anterior.- Conste.-
El SECRETARIO,
BR. ALFREDO RODRIGUEZ F.-