REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 24 de Septiembre de 2003.
193º y 144º
Visto que de la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia la existencia de una adolescente de nombre ROSINA GRACIELA ERRANTE RANGEL, el Tribunal, dado que la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece en su artículo 177, Parágrafo Primero, literal K, que serán competentes para conocer, las Salas de juicio de los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente. En tal virtud, le es forzoso a esta Juzgadora, declararse Incompetente de seguir conociendo el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA incoaran los ciudadanos GERARDO AYALA SUAREZ e INES CEREZO de AYALA contra ANTONIO ERRANTE ROTUNDO (hoy difunto). Remítase la presente causa mediante oficio, al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en su oportunidad de ley. Cúmplase.-