REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 02 de Septiembre de 2003
193° y 144°

Visto el escrito anterior consignado en fecha 27-08-2003, por la abogada SANDRA VILLALBA PEREZ, en su carácter de apoderada de LA MARGARITA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO; y por la otra, la parte demandada, ciudadana CARMEN ALICIA SALAZAR AVENDAÑO, asistida por la abogada IGNALIA MOYA MORENO, con Inpreabogado N° 67.826. El Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado, y visto el pedimento de las partes en el citado escrito, suspende la presente causa hasta el día 08 de Septiembre de 2003, de conformidad con lo previsto en los particulares primero y segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-