REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 10 de Octubre de 2003.
193º y 144º

Visto el Informe de Partición, presentado por el ciudadano JUAN ALBERTO MARCANO MATA, identificado plenamente en autos, y quien fuera designado como Partidor Judicial en el expediente N° 20.166, contentivo del juicio de PARTICION, incoado por PETRA AVILA RAMOS de GONZALEZ y OTROS, contra RUMILDA DEL JESUS RAMOS de BRAVO y OTROS, el Tribunal observa: Que el referido Informe de Partición fue presentado ante este Despacho en el lapso establecido dentro de la prórroga solicitada por el partidor designado; y transcurrido como ha sido el término de los diez (10) días siguientes, a la consignación del mismo, sin que haya comparecido ante este Despacho, ninguno de los interesados en el presente procedimiento, con la finalidad de formular objeción alguna, sobre los términos y consideraciones en que fue realizada la referida Partición Judicial, que nos ocupa en la causa, y de conformidad con la norma establecida en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal imparte su HOMOLOGACION al referido Informe de Partición en los términos en el establecidos, y declara CONCLUIDO el presente procedimiento. Y ASI SE ESTABLECE.