REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Porlamar, veinticinco de noviembre de dos mil tres.-
193° Y 144°
Por cuanto de las actas procesales que conforman el presente expediente signado con el No. 03-2211, se evidencia que la demandada Sociedad Mercantil “INVERSIONES MAROA, C.A., representada por su Presidente, ciudadano MOHAMAD JAMIL JAMILE, en el juicio EJECUCION DE CREDITO FISCAL interpuesto por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, quedó debidamente intimada en fecha 04-09-2003, sin haber hecho oposición al decreto intimatorio, y como quiera que el lapso concebido para que formulare su oposición se encuentra vencido, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
Dr. MOISES E. MILLAN CAMACHO.-
LA SECRETARIA
ROMA FERNANDEZ GUTIERREZ.-
RFG
EXP. CIVIL No. 03-2211.-
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