REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 17 de Noviembre de 2003
193º y 144º
Visto el convenimiento de fecha 04-06-02, celebrado entre las partes por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Chacao del Estado Miranda, bajo el Nro. 01, Tomo 76, este tribunal para proveer observa:
-Que los ciudadanos CARLOS ELEAZAR BENAVIDES ZAPATA Y MARÍA VIOLETA ROJAS DE BENAVIDES, actúan en su propio nombre y en su carácter de fiadores personales y principales pagadores, y el primero además en su carácter de Presidente y representante legal de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA VENESPA, C.A., según se evidencia del Acta de Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 29.07.1993, el cual de conformidad con el Artículo 18 de dichos Estatutos tiene los más amplios poderes para la administración de la compañía
-Que la parte demandada compareció con la debida asistencia jurídica.
-Que la parte actora, estuvo representada por el abogado GONZALO CELTA ROJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 13.718, actúa como apoderado judicial de la parte actora quien fue debidamente facultado por el Presidente de la Empresa EMPAQUE VENEZOLANO DE BACALAO EVEBA, C.A., ciudadano RICARDO CASTRO IGLESIAS, para convenir de la acción.
- Que en la materia tratada en el acuerdo no se encuentran involucrados el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes al convenimiento celebrado y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente.
LA JUEZ,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.-
JSDC/CF/gdeo.-
EXP. Nº. 6697-02.-