REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA LABORAL, TRANSITO Y AGRARIO

Visto el anterior escrito de Transacción de fecha 02-05-2.003, suscrito por la Abogada en Ejercicio DRA. VICTORIA NAVIA QUINTERO, en su carácter de parte demandada "Empresas Mercantiles HIPPOCAMPUS BEACH HOTEL RESORT, C.A." por una parte, y por la otra, la DRA. GRICELDA MARTINEZ CEDEÑO, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Actora en el presente juicio, ciudadano BERLIO YASEN RODRIGUEZ RIVERA; según consta en el Expediente N° 4.652; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACION en los términos expuestos, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; y pasa con autoridad de cosa juzgada, ordenándose el archivo del presente expediente en su oportunidad legal correspondiente.-

DRA. BETTYS LUNA AGUILERA
JUEZ PROVISORIA

ABG. RAMON A. CARPIO.
SECRETARIO TEMPORAL.-