REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 26 de Mayo de 2003
191º y 143º
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que en dicha causa la suma intimada asciende a la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS DOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs.2.341.202.00), suma esta que es inferior a la cuantía que le fue asignada a éste Tribunal, según Resolución N° 619 del extinto Consejo de la Judicatura de fecha 30 de enero de 1996 y publicada en Gaceta Oficial N° 35.890 de la misma fecha, en la cual se modificó el régimen de la cuantía en las causas civiles, mercantiles y de tránsito, fijando la cuantía para conocer de la Primera Instancia en montos que sean superiores a los CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), en cumplimiento de la misma, declina su competencia de conocer en el Juzgado Distribuidor de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que previo sorteo se determine el Juzgado que será competente por la cuantía y el territorio Líbrese oficio, una vez se encuentre precluido el lapso de los cinco días a que alude el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
EXP: Nº. 7305-03
JSDC/CF/gdeo