JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 06 de Mayo de 2003
Años 193º y 144º

Vista la transacción judicial, celebrada entre el abogado ILDEGAR GARRIDO FAJARDO, con Inpreabogado N° 37.799, actuando en su carácter de apoderado del BANCO CONFEDERADO, S.A., y el ciudadano MANUEL DE JESUS ESCOBAR, obrando en su propio nombre, en ejercicio de sus derechos e intereses, y en su condición de Presidente de la sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA UYAPAR, C.A.; y además la ciudadana HELIDE MORALES BAEZ OLIVERO, debidamente asistidos por el abogado ISMAEL MIRABAL, con Inpreabogado N° 44.677. Este Tribunal actuando de conformidad, y de acuerdo con lo dispuesto en la norma del artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en todos y cada uno de los términos expuestos en la transacción notariada en fecha 24-11-2000, por ante la Notaría Pública Primera de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y ASI SE ESTABLECE.