República Bolivariana de Venezuela

Tribunal Supremo de Justicia
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción 26 de mayo del 2003.
192º y 143º


Revisadas las presentes actuaciones en la causa seguida al penado José Luis Suárez, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.049.969, éste Tribunal para decidir, observa lo siguiente:
I
El penado antes identificado, fue condenado a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, según sentencia definitivamente firme emanada del suprimido Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de Tráfico de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 27 de agosto del año 2002, este Tribunal de Penas y Medidas de Seguridad, concede al ciudadano antes identificado el beneficio de libertad condicional, al cumplir con los requisitos previstos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Consta en autos, oficio emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, participando a este Tribunal que el penado ya identificado falleció el día 22 de abril del 2003, como consecuencia de shock hipovolémico, hemorragia digestiva superior, según certificado de defunción que acompaña, suscrito por el Prefecto encargado del Municipio Autónomo Mariño de este Estado.
El artículo 103 del Código Penal establece:
“La muerte del procesado extingue la acción penal.
La muerte del reo extingue también la pena, aún la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió el delito ni el pago de las costas procesales que se harán efectivas contra los herederos.”
Por otra parte, el artículo 479, ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
“Al tribunal de ejecución le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. En consecuencia, conoce de:
1. Todo lo concerniente a la libertad del penado, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena.
De tal forma que al ocurrir el deceso de quien en vida respondiera al nombre de José Luis Suárez, lo procedente en este caso es declarar la extinción la pena. Así se decide.
II
Con fuerza en los anteriores fundamentos, este Tribunal de Ejecución de penas y medidas de seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la extinción de la pena en la presente causa, de conformidad con las disposiciones legales antes citadas y en consecuencia ordena la remisión de las presentes actuaciones al archivo regional para su guarda y cuido.
Expídase por Secretaria copias certificadas de la presente decisión y remítanse mediante oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Ministerio de Justicia, notifíquese al defensor y al fiscal del Ministerio Público actuante en esta causa. Cúmplase.-

EL JUEZ DE EJECUCION

EDUARDO CAPRI ROSAS.


LA SECRETARIA

Ab. MAIJOLET ROJAS
Causa Nº 360
ECR/mrz.