República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02

La Asunción, 22/05/03


Corresponde a este Juez pronunciarse del escrito presentado por la Dra. CRUZ HERMINIA PULIDO, actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Publico para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO a favor de DESCONOCIDOS; de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y revisada como ha sido lo solicitado, y demás recaudos este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia que la presente causa se inicio en fecha 27 de Mayo de 1982, previa Denuncia interpuesta por el ciudadano JUANA VASQUEZ, ante el hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en la cual dejo constancia que se encontraba en la calle fraternidad y fui interceptado por dos sujetos y me despojaron de mi cartera…
La Dra. CRUZ HERMINIA PULIDO, Actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Publico para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, manifiesta que una vez analizadas las actas que conforman la presente causa se evidencia que desde la comisión del hecho punible de que se trata la presente investigación, ha operado conforme lo establecido en el ordinal 8° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal una causal de extinción de la misma, ha transcurrido tiempo superior al exigido por el legislador en el ordinal 1º del articulo 108 del Código Penal para que opere la prescripción de la acción penal, por lo cual solicito el SOBRESEIMIENTO a favor de desconocido por la presunta comisión del delito del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 3 del Codigo Orgánico Procesal Penal.


DECISION

Sobre la base de los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento de la causa Nº C2- 652 (B- 415.192) de conformidad con los artículos 318 numeral 3º, 48 ordinal 8º y 324 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 108 ordinal 1 del Código Penal. Notifíquese al Ministerio Público y a la Víctima a tenor del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.
El Juez de Control N° 02

Dra. YOLANDA CARDONA MARIN
La Secretaria

Abg. LORENA KARINA LISTA
Causa Nº C2- 652