JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 10 de Marzo de 2.003
192º y 144º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA ROJAS DE RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.476.381, y de este domicilio, asistida por su apoderada, abogada en ejercicio CARMEN CUETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.528, mediante la cual pide se le declare a ella CARMEN JOSEFINA ROJAS DE RAMOS, antes identificada, y a sus hijos: MARIA ELENA, ALIS DEL VALLE, ONELIA MERCEDES, ZORAIDA JOSEFINA, ANA MERCEDES, EMILIA JOSEFINA, JOSEFINA EMILIA y ALEXIS JOSE RAMOS ROJAS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.489.133, 3.822.731, 4.051.698, 4.649.341, 4.653.613, 5.478.898, 5.478.897 y 9.423.375, respectivamente, como LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante JUAN JOSE RAMOS TILLERO, quien falleció ab-intestato el 03 de Noviembre del año 2001. Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: MIGUEL ANGEL SERRA ROSAS, ROMULO CARLITO SILVA y ALBERTINA DEL CARMEN SARMIENTO DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.825.279, 4.650.864 y 1.329.058, respectivamente, quienes en sus deposiciones aparecen serios y contestes al aseverar que conocen a los solicitantes, que conocieron al causante de autos, y que es cierto y les consta que ellos son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus. Y por cuanto del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, se desprende y esta demostrado el derecho que los solicitantes alegan, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Estado, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derecho de terceros, declara a los ciudadanos: CARMEN JOSEFINA ROJAS DE RAMOS, MARIA ELENA RAMOS ROJAS, ALIS DEL VALLE RAMOS ROJAS, ONELIA MERCEDES RAMOS ROJAS, ZORAIDA JOSEFINA RAMOS ROJAS, ANA MERCEDES RAMOS ROJAS, EMILIA JOSEFINA RAMOS ROJAS, JOSEFINA EMILIA RAMOS ROJAS y ALEXIS JOSE RAMOS ROJAS, plenamente identificados en autos, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante, JUAN JOSE RAMOS TILLERO.- Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvase originales de estas actuaciones a los interesados.-