REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1 DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
La Asunción, 17 de Marzo de 2.003
192º y 144º
ACTA DE AUDIENCIA
En el día de hoy, Lunes, Diecisiete (17) de Marzo de Dos Mil Tres (2.003), siendo las Nueve y Treinta (09:30) horas de la mañana, fecha y hora fijados para que tenga lugar Audiencia, convocada de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, que se aplica supletoriamente por cuanto lo remite el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa signada con el N° 1Co. 393/03. Solicitud N° 47, seguida al adolescente,(SE OMITE IDENTIFICACION DEL ADOLESCENTE, CONFORME AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE). Encontrándose presentes en este acto la Ciudadana Juez de este Tribunal Dra. Isabel Asunta Pannaci, La Secretaria del mismo, Dra. Zaida Montilva, la Dra. Sikiú Angulo de Silla, Fiscal Séptimo Auxiliar del Ministerio Publico y la Dra. Besaida Luna, Defensora Pública No 08, especializada en el Sistema, el adolescente de marras, junto a su representante legal, Ciudadana MIguelina González de Carreño, titular de la Cédula de Identidad N° 9.305.036. El Tribunal procede aperturar el acto y le cede la palabra a la Ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público, quién expone: “Ciudadana Juez solicito muy respetuosamente se acuerde un lapso de Treinta (30) días, a los fines de presentar un acto conclusivo, así mismo solicito que se mantengan las Medidas Cautelares que le fueron impuestas al adolescente imputado. Es todo”. Seguidamente el Tribunal le cede la palabra a la Defensa, quién expuso:” Oída la exposición de la Representante del Ministerio Público, esta Defensa no tiene objeción al lapso solicitado por esa oficina fiscal. Por otra parte, en conversaciones sostenidas con mi representado este me ha manifestado su deseo, de celebrar un Acto conciliatorio con la víctima, y por tal motivo le solicito a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público que promueva la conciliación con la víctima ciudadano AARON LUIS HERNANDEZ HERNANDEZ, Es todo”. Acto seguido, este Tribunal le cedió la palabra al ciudadano Adolescente (SE OMITE IDENTIFICACION), previa imposición por parte de este Tribunal de sus derechos y garantías constitucionales y legales, especialmente las contenidas en el artículo 49 ordinal 2 y 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 125 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 90 y 540 al 546 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como el articulo 564 y 569, Ejusdem, y expuso: “Yo asumo los hechos y la culpa de lo que se me acusa y quisiera llegar a un acuerdo con el agraviado, estoy dispuesto a cumplirle lo que me pida, si quiere que le pague la cadena estoy dispuesto a pagar. Es todo”. Este Tribunal en funciones de Control No 1 de la Sección de Adolescentes, oídas como han sido las partes, acuerda: PRIMERO: ACUERDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal que se aplica supletoriamente por cuanto lo remite el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, fijar el lapso de Treinta (30) días, a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público, para que se pronuncie con un acto conclusivo que ponga termino a la fase de investigación. SEGUNDO: En cuanto a las Medidas Cautelares se observa este Tribunal en funciones de Control No 1 de la Sección de Adolescentes, que las mismas no han sido solicitadas la sustitución, modificación o revocación, en consecuencia Se mantienen las Medidas Cautelares, impuestas a la adolescente (SE OMITE IDENTIFICACION), contenidas en los literales c y d del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Siendo las 10:00 horas y minutos de la mañana, se declaró concluida la audiencia y estando presentes las partes, quedan notificadas del contenido de la presente acta. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL No 1,
Dra. Isabel Asunta Pannaci.
LA ADOLESCENTE,
(SE OMITE IDENTIFICACION)
LA DEFENSORA PÚBLICA No 8,
Dra. Besaida Luna
LA FISCAL SÉPTIMA AUXILIAR DEL MINISTERIO PÚBLICO,
Dra. Sikiú Angulo de Silla
LA REPRESENTANTE LEGAL,
(SE OMITE IDENTIDAD)
LA SECRETARIA,
Dra. Zaida Montilva
Exp. No 1Co. 393. Solicitud No 47
IAP/ Beatriz Peñaranda (Asistente)