REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, 11 de marzo del 2003.
192º y 143º

Revisada la anterior solicitud emanada del Centro de Tratamiento Comunitario, “Dr. Antonio José González Avila”, mediante la cual informan a este tribunal el incumplimiento del residente Luis Miguel Cumare Otero, titular de la cédula de identidad nro. 13.359.775, este juzgador para decidir, observa:
El residente Luis Miguel Cumare Otero, ha desatendido las directrices y orientaciones impartidas, al haberse ausentado del Centro de Tratamiento Comunitario, pernoctando fuera de su seno, sin la debida autorización, demostrando su inadaptabilidad al régimen de autodisciplina.
En virtud de lo expuesto, el Centro de Tratamiento Comunitario solicita la revocatoria del beneficio de régimen abierto, otorgado a favor del mencionado ciudadano por el Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por auto de fecha 22 de octubre del 2002.
En consecuencia, ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas por parte del residente antes identificado en la Institución ante la cual está obligado a pernoctar, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, le revoca el beneficio del régimen abierto, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, participándole la captura del penado Luis Miguel Cumare Otero y una vez efectuada la misma, su remisión al Internado Judicial de San Antonio, Región Insular, debiendo participarlo a este Tribunal. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Insular. Notifíquese a las partes, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 175, único aparte, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
El Juez
Eduardo Capri Rosas
La Secretaria
Maijolet Rojas

Con esta misma fecha se dio cumplimiento a lo antes ordenado,

La Secretaria
Maijolet Rojas
C: 017/03
CC: archivo.