REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA LABORAL, TRANSITO Y AGRARIO

La Asunción, Treinta (30) de Junio del año 2.003
Años 193° y 144°

Visto el escrito de Transacción celebrada por las partes en fecha Seis (06) de Agosto de 2.002, suscrita por la Abogado en Ejercicio LJUBICA JOSIC, Inpreabogado N° 69.418, en su condición de Apoderada Judicial de la Empresa "LINEA TURISTICA AEROTUY, L.T.A., C.A.", parte demandada en el presente juicio y por la otra, la ciudadana KARIM MARTINEZ, parte actora en el presente juicio, debidamente asistida en este acto por su Apoderado Judicial Abogado en Ejercicio IVAN HERNANDEZ, Inpreabogado N° 64.241; según consta en Expediente N° 4.318/01, contentivo del juicio incoado por Cobro de Bolívares (LABORAL); este Tribunal HOMOLOGA la transacción efectuada en los términos expuestos en la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y pasa con autoridad de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del presente expediente. Asímismo, vista la solicitud de fecha 18 de Junio de 2.003, formulada por la Abogado en Ejercicio ANDREA SABA, este Juzgado acuerda de conformidad y en consecuencia, ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inserción del presente auto, autorizándose para la elaboración de las mismas, a la funcionaria ROSA DEL RE, empleada de este Tribunal, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZ PROVISORIO.,

DRA. BETTYS LUNA AGUILERA.-

EL SECRETARIO TEMPORAL.,

ABG. RAMON ANTONIO CARPIO.-