REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 05 de Junio de 2003
Años 193º y 144º

Visto el anterior convenimiento, celebrado entre el abogado JOSE GREGORIO ROMANIELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.265, actuando en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora, y el ciudadano RICHARD JOSE ABOUCHEDID GASPAR, en su carácter de Presidente de la sociedad de comercio MASTER FOODS, C.A., todos debidamente identificados en autos. Este Tribunal actuando en consecuencia, imparte su homologación en todos y cada uno de los términos expuestos en el convenimiento de fecha 28-05-2003, y debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, bajo el N° 57, Tomo 18. En consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo prescrito en la norma del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE ESTABLECE.-