REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
En el día de hoy, tres de junio de dos mil tres, comparece la Dra. MIRNA MAS Y RUBI SPOSITO, en su carácter de Juez de este tribunal quien expone: De conformidad con lo prescrito en el artículo 87 del Código de procedimiento Civil vigente, manifiesto no estar dispuesta a seguir conociendo la presente causa, por cuanto entre la abogado NIDIA GOMEZ y mi persona existe causal de enemistad, contemplada en el artículo 82 ejusdem, hecho éste que ha dado lugar a sucesivas inhibiciones de mi parte en los juicios dos de con anterioridad la abogado mencionada actúa y en el entendido que las inhibiciones por mi planteadas han sido declaradas Con Lugar por el Juzgado Superior de este Estado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.