REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 17 de Junio de 2003.
193º y 144º
Vista diligencia suscrita en fecha once (11) de Junio de 2003, por la Abogada FRANCIS CHAVEZ AVOLIO, con Inpreabogado Nº 82.142, en su carácter acreditado en autos, en la cual requiere la devolución de documentos originales consignados para la tramitación de la presente demanda, este Tribunal, por considerar que los recaudos cuya devolución se solicita, son documentos fundamentales en los cuales se sustenta la presente causa, NIEGA la solicitud de devolución, hasta tanto no se abra el contradictorio para que de esa forma, mantener un justo equilibrio entre las partes sin menoscabar, ni violar los derechos Constitucionales al debido proceso y a la defensa que asisten a las partes. Todo con motivo del Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue ZULAY INDRIAGO DE SALAZAR, contra la Sociedad Mercantil PROMOTORA INDEMAN, C.A., expediente N° 21.129. Y Así se decide.-