REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 11 de Junio de 2003
193º y 144º


Visto el libelo de demanda presentado para su distribución por la ciudadana BERTINATO FAJARDO FLOR MARIA, asistida de abogados, contra ARGIMIRA IRINEA RAMOS AZOCAR, en su carácter de Administrador de la FUNERARIA LA CELESTIAL, C.A., por Rendición de Cuentas, en fecha 02-06-2003, y asignado al azar a este Tribunal en la misma fecha, esta Juzgadora a los fines de proveer sobre lo solicitado, observa: Las peticiones que contiene el libelo, deben providenciarse dentro de los tres (3) días siguientes a aquel en que se haya hecho la solicitud correspondiente, ello de conformidad con el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil; y visto que la actora no ha consignado los instrumentos que sustentan su pretensión, para así dar cumplimiento al contenido del artículo 340 ejusdem, numeral 6°, este Tribunal indefectiblemente niega la admisión de la presente causa por ausencia de instrumentos que fundamenten la pretensión. Y ASI SE DECIDE.-