REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
La Asunción, 08 de Julio de 2.003
192º y 143º
Visto el desistimiento del procedimiento de fecha 02-06-03, presentada por la abogada EMIKA MOLINA KERT, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, la cual fue ratificada en fecha 03-07-03, por el abogado ILDEGAR GARRIDO FAJARDO, en cumplimiento al auto dictado en fecha 09-06-03, quien se encuentra expresamente facultado por su mandante ciudadano HASSAN SALEH SALEH, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Banco Confederado S.A., según consta de la autorización que le fue conferida y riela a los folios 115 y 116 del presente expediente, Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en todas y cada una de ellas en consecuencia téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y archívese el expediente.
Así mismo se ordena la suspensión de la medida de embargo Ejecutiva decretada el 23-04-03 y practicada por el Juzgado del Municipio Maneiro de este Estado, sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 9-B, ubicado en el segundo Nivel de acceso de la Torre “B” del Edificio Residencias LA MIRAGE, situado en la avenida Aldonza Manrique, parcela del Sector “M” de la Urbanización Playa Del Ángel jurisdicción del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, el cual tiene una superficie de 96 Mts2 y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Pasillo DE circulación y fachada posterior de la Torre “B”; SUR: Fachada principal de la Torre “B”; ESTE: Con los apartamentos 5-B, 10-B y 14-B y OESTE: torre de Circulación vertical y con el apartamento N° 13-B, al cual le corresponde un porcentaje de condominio de 1.228% en los derechos y obligaciones según consta de documento de Condominio Protocolizado por ante esa oficina en fecha 07-11-88 bajo el N° 30, folios 96 al 139, Tomo1. Dicho apartamento se encuentra protocolizado por ante esa Oficina de Registro Subalterno, en fecha 26-11-91, bajo el N° 14, folios52 al 55, Protocolo Primero, Tomo 21, Cuarto Trimestre del citado año. Líbrese oficio.
LA JUEZ

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LA SECRETARIA

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
En esta misma fecha se libró oficio.
LA SECRETARIA

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/pbb.-
EXP. N°. 5823-00