JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 21 de Julio de 2003.-
193º y 144º

Vista la anterior demanda que por RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentara por ante este Tribunal la ciudadana, MARITZA DEL CARMEN TORCAT NORIEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.045.794, de este domicilio, y debidamente asistida por las abogadas SHIRLEY NAVARRO y LUZMILA ROJAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 63.679 y 53.741; la actora fue presentada por su padre en fecha 09-04-1948, ante la Prefectura del Municipio Arismendi de la Circunscripción Judicial del Estado Nueve Esparta, quedando inserta bajo el N° 54, folio vuelto del 33 y 34, del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1948, quien solicitó de este Tribunal de Rectificación de la Partida de Nacimiento. El error denunciado por la solicitante consiste en que, al momento de asentar en dicha Partida de Nacimiento su primer nombre, MARITZA se hizo como “MARIZA”, cuando lo correcto era “MARITZA”. Para los efectos probatorios la solicitante presentó copia Certificada de la Partida de Nacimiento, antes referida, y en la cual se aprecia el error señalado, así como la Cédula de Identidad original, constituyendo plena prueba conforme a lo establecido en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil. Probado como ha sido lo alegado por la solicitante y vista la obviedad del error material denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Partida, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, al ciudadano Prefecto del Municipio Autónomo Arismendi del Estado Nueva Esparta y al Registrador Principal de este Estado, hacer la debida Nota Marginal en la Partida de Nacimiento que corre inserta a los Libros de Registro Civil de Nacimientos, bajo el N° 54, folio vuelto del 33 y 34, del año 1948, a fin de que escriba correctamente el nombre de la solicitante, ciudadana MARITZA DEL CARMEN TORCAT NORIEGA. Y así se Decide. Expídase por secretaría copias certificadas de la solicitud y de esta decisión a la parte interesada y envíese las que sean menester a las autoridades Civiles competentes mediante oficio a los fines de estampar la Nota Marginal correspondiente.-