REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. La Asunción, diez y seis de julio de dos mil tres. Años 193° y 144°:

Vista la transacción celebrada entre los abogados ROBERTO ROJAS SALAZAR y JESUS ENRIQUE LAREZ FERMIN, inscritos en el INPREABOGADO bajo los nos. 7.701 y 8.467, respectivamente, en su carácter de apoderados del ciudadano JULIAN JOSE QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad no. 1.440.630, parte actora, por una parte y por la otra el ciudadano ANDRES ELOY RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad no. 4.050.450, debidamente asistido por el abogado RAMON BLADIMIR GONZALEZ MORENO, INPREABOGADO no. 43.108, parte demandada, el Tribunal luego de leer su contenido, ordena su homologación, de conformidad con lo prescrito en la norma del artículo 256 del Código de Procedimiento Civil vigente. En consecuencia procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.