JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. La Asunción, cuatro de febrero de dos mil tres. Años 192° y 143°

En horas de despacho del día de hoy cuatro (04) de febrero de dos mil tres, comparece ante la Secretaría de este Juzgado, el Juez Temporal del mismo, Abogado JOSÉ RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº 2.070.148, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 18.095, y domiciliado en Porlamar, Estado Nueva Esparta, quien expone: “De conformidad con lo establecido en el Artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, me inhibo de conocer la presente causa seguida por FODAPEMINE (Fondo de Crédito para el Fomento y Desarrollo de la Artesanía, Pequeña y Mediana Industria del Estado Nueva Esparta) contra la firma personal SEXY PLUS (expediente No. 20.492) por Ejecución de Hipoteca, por cuanto como consta en autos a los folios 41 y 45 de este expediente, mi hija JOANA RODRIGUEZ LOPEZ, actúa como defensora ad-litem de la parte demandada e, igualmente, en ejercicio de dicho cargo cursan a los folios 47 al 55 actuaciones procesales, cuyo supuesto se subsume en el ordinal 1° del artículo 82 ejusdem, por parentesco de consaguinidad con la representante judicial de la parte demandada. Este impedimento obra contra la parte actora. Es todo. Terminó, se leyó y firman.-