REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 10 de Febrero de 2.003
192° y 143°

Vista la solicitud de medida preventiva formulada por los apoderados de la parte actora, ciudadano PASCUAL PARADISO, en el sentido de que como medida innominada se designe administrador de la sociedad mercantil “INVERSIONES TAURO, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial el 05-2-1993, N° 118, Tomo IV, adicional 02, al citado ciudadano, con entrega de los libros de la compañía y notificación a las entidades bancarias, el Tribunal para proveer, observa:
En nuestro ordenamiento jurídico-legal, concretamente en el Código de Comercio, se determinan las formas y requisitos para la designación y remoción de los administradores de las sociedades mercantiles y de la misma manera en los documentos constitutivos de dichas sociedades de comercio, que suelen ser sus estatutos sociales, se precisa la forma de realizar la designación y/o remoción de los administradores. Estas circunstancias evidencian entonces, que la designación de administradores está limitada por las normas de Derecho Mercantil y por el funcionamiento interno de las sociedades, razón suficiente para que este Tribunal, acogiendo además criterio, en un todo conforme con la anterior exposición, sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 17-4-2001 (Tomo 4, 2001, pág. 206, Dr. Pierre Tapia), niegue el decreto de la referida medida innominada. Así se declara.-