REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 01 de diciembre de 2003
Vista la diligencia de fecha 24.11.03, suscrita por el abogado ILDEGAR GARRIDO FAJARDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento, este tribunal para proveer observa:
-Que el abogado ILDEGAR GARRIDO FAJARDO, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 37.799, respectivamente, actúa como apoderado judicial de la parte actora, quien fue debidamente facultado por el presidente del BANCO CONFEDERADO, S.A., ciudadano HASSAN SALEH, para desistir según consta de autorización conferida por ante la Notaría Pública Primera de Porlamar del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 21 de noviembre de 2003, anotada bajo el N° 32, Tomo 92 de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa Notaría.
- Que en la materia tratada en el acuerdo no se encuentran involucrados el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes al desistimiento de fecha 24.11.03 y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente. En consecuencia, se ordena agregar el cuaderno de medidas al principal y la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado en fecha 21.07.2003 y participada al Registro Subalterno del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta en la misma fecha, con oficio N° 10.703-03, sobre un inmueble, constituido por un local comercial, ubicado en la Avenida 4 de Mayo, Edificio Residencias San Valentín, distinguido con el N° 1, hoy día local A, de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, con una superficie aproximada de ochocientos diez metros cuadrados (810mts2), de los cuales doscientos cuarenta metros cuadrados (240mts2), corresponden a la planta baja y quinientos setenta metros cuadrados (570mts2) que corresponden a la Mezzanina, cuyos linderos y medidas son los siguientes: PLANTA BAJA: NORTE: Con el local “B”, caja de ascensores, ducto de basura de la torre y en parte con pasillo de circulación peatonal; SUR: Con rampa de circulación vehicular que conduce a la planta sótano 1, fachada sur y escaleras de la torre 1; ESTE: Con el local N° 2, caja hall de ascensores y escaleras de la torre 1, y pasillo de circulación peatonal y OESTE: Con fachada oeste, hall de entrada, ducto de basura y caja de ascensores de la torre 1. MEZZANINA: NORTE: Con fachada norte, ducto de basura y caja de ascensores de la torre 1; SUR: Con fachada sur, escalera y hall de ascensores de la torre 1; ESTE: Con el local N° 2, fachada este, caja hall de ascensores y escaleras de la torre 1 y OESTE: Con la fachada oeste, caja y hall de ascensores, ducto de basura y escaleras de la torre 1. Dicho inmueble le pertenece al co-demandado ciudadano: RAMEZ WAHAB HAMADEH, según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 25.05.1999, bajo el N° 43, folios 254 al 259, Protocolo Primero, Tomo 10, Segundo Trimestre del citado año. Líbrese oficio. En cuanto a la devolución de los originales, este Juzgado proveerá, sobre los mismos, una vez quede firme el presente auto.
LA JUEZ,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
JSDC/CF/cma LA SECRETARIA,
EXP. N° 7373-03
Abg. CECILIA FAGUNDEZ P.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ P.