REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 28 de Agosto de 2003
Años 193º y 144º

Visto el convenimiento celebrado en fecha 10-7-2003, entre DENIS ALFONZO ANDRADE y OMAR ENRIQUE ALFONZO, en su condición de Directores de la empresa A & A COMUNICATION, C.A., asistida por el abogado PEDRO CASTILLO, con Inpreabogado N° 24.183, y el abogado ALEXANDRE FERRAO, con Inpreabogado N° 35.745, en su carácter de apoderado judicial de FINEZAS MODAS, C.A., ya identificados en autos. Este Tribunal actuando en consecuencia, imparte su homologación en todos y cada uno de los términos expuestos en el convenimiento que riela al folio del 13 vto. al 15 del cuaderno de medidas, y en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo prescrito en la norma del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE ESTABLECE.-